Inicio
Seguro de vida
¿Se pueden donar 150 000 € cada 10 años sin pagar impuestos?

¿Se pueden donar 150 000 € cada 10 años sin pagar impuestos?

Actualizado el
9 de junio de 2026
Tiempo de lectura:
6
min
Lo esencial en pocas palabras
La idea de donar 150 000 € cada 10 años sin pagar impuestos es un mito: en realidad, la exención legal para la donación de un progenitor a un hijo es de 100 000 € cada 15 años. No obstante, es posible combinar esta medida con la donación familiar de cantidades en efectivo (31 865 €) para transmitir hasta 131 865 € libres de impuestos por progenitor y por hijo (es decir, 263 730 € para una pareja). Para optimizar aún más la transmisión fuera de la sucesión, el seguro de vida se impone como la herramienta más eficaz, ya que permite legar, en el momento del fallecimiento, hasta 152 500 € por beneficiario con total exención fiscal para las primas pagadas antes de los 70 años. A partir de los 70 años, esta ventaja se reduce considerablemente a una deducción colectiva de tan solo 30 500 €, por encima de la cual las cantidades se reincorporan a la sucesión convencional.

Muchos se preguntan si es posible realizar una donación de 150 000 € cada 10 años sin pagar impuestos. Una cuestión que dista mucho de ser baladí en un país como Francia, donde la presión fiscal se encuentra entre las más elevadas.

¿Está realmente fundamentada esta idea tan extendida? ¿Cuál es la mejor estrategia fiscal para optimizar la transmisión del patrimonio y proteger a los seres queridos? Donaciones libres de impuestos, desgravaciones vinculadas a los seguros de vida, acumulación de ventajas fiscales… ¡No faltan formas de eludir el pago de impuestos!

Seguro de vida y donación de 150 000 € cada 10 años: ¿mito o realidad?

Según algunos, sería posible realizar una donación de 150 000 € cada 10 años sin pagar impuestos. Lamentablemente, esta creencia popular es falsa. 

Tal y como está la legislación actual, cabe mencionar dos soluciones: 

  • Un progenitor puede realizar una donación de 100 000 € cada 15 años a su hijo sin pagar impuestos (y no 150 000 € cada 10 años).
  • En el momento de su fallecimiento, el titular de un seguro de vida puede legar 152 500 € netos de impuestos a cada beneficiario designado. 

Donación de 150 000 € cada 10 años: ¿por qué es tan frecuente este error?

Aunque a primera vista pueda parecer sorprendente, el rumor sobre la «donación libre de impuestos de 150 000 € cada 10 años» puede explicarse por varios factores: 

  • La confusión con el seguro de vida y su deducción de 152 500 €
  • Una promesa incumplida por parte de Emmanuel Macron, quien había previsto aumentar la deducción a 150 000 € en caso de donación de un progenitor a su hijo (excluidos los seguros de vida).
  • Una referencia a normas obsoletas: antes de 2012, la deducción aplicable a la donación de un progenitor a su hijo era de 156 974 €. 

El seguro de vida: ¿un mecanismo fiscal más ventajoso que las donaciones? 

El seguro de vida, muy popular entre los franceses, es un producto de ahorro que permite transmitir el patrimonio con menores costes. ¿El motivo? Cuando fallece el titular del contrato, el dinero ahorrado se transmite al margen de la sucesión. Esto permite eludir parcialmente los impuestos de sucesión, que son especialmente elevados en Francia. 

Primas antes de los 70 años: un régimen fiscal muy favorable 

Una persona física que contrate un seguro de vida (tomador) puede abonar dinero (primas) a lo largo de la vigencia del contrato. Cuando estas primas se hayan ahorrado antes de que el tomador cumpla 70 años, cada beneficiario se acoge a una deducción de 152 500 €. 

En otras palabras, al fallecer, el tomador de un seguro de vida puede legar hasta 152 500 € a cada beneficiario, sin que estos tengan que pagar impuestos. Así, una pareja que cuente con dos contratos de seguro de vida puede legar hasta 305 000 € a sus hijos sin que se apliquen impuestos.

A partir de 152 500 €, el capital se grava de la siguiente manera: 

  • 20 % para las cantidades comprendidas entre 152 500 € y 700 000 € 
  • 31,25 % para el capital que supere los 700 000 € 

Cabe señalar que esta tributación se aplica únicamente a las primas abonadas por el tomador del seguro, y no a las ganancias ni a las plusvalías obtenidas. 

Primas a partir de los 70 años: un régimen claramente menos favorable 

En el caso de las primas abonadas después de que el tomador cumpla 70 años, el régimen fiscal aplicable en caso de fallecimiento resulta menos favorable: la deducción se reduce entonces a solo 30 500 €, es decir, casi cinco veces menos que la de los pagos realizados antes de los 70 años.

Además, esta deducción de 30 500 € es común a todos los beneficiarios, a diferencia de los pagos realizados antes de los 70 años, en los que la deducción se aplica por beneficiario.

Cuando el valor del contrato supera los 30 500 €, las primas se incluyen en la herencia. Consecuencia: en caso de fallecimiento, las cantidades que superen dicho importe están sujetas al impuesto de sucesiones habitual (entre el 5 % y el 45 %, según el caso). 

Un ejemplo para entender mejor la deducción de 30 500 €

Martine, fallecida hace un mes, había ahorrado 50 000 € en su seguro de vida, de los cuales 5 000 € correspondían a ganancias. La totalidad del capital se invirtió después de que cumpliera los 70 años. Dado que la deducción es colectiva, a sus tres hijos se les aplicará el siguiente régimen fiscal: 

  • 50 000 (valor del seguro de vida) - 5 000 (ganancias netas después de impuestos) = 45 000 
  • 45 000 (valor del seguro de vida sin las plusvalías) - 30 500 € (desgravación) = 14 500 €, es decir, algo más de 4 800 € por hijo (base imponible). 

Seguros de vida contratados antes de 1991: una ventaja fiscal excepcional 

Los seguros de vida contratados antes del 20 de noviembre de 1991 son auténticos tesoros fiscales. De hecho, todos los pagos realizados antes del 13 de octubre de 1998 están exentos de impuestos. En este caso, ya no se trata de deducciones, de la edad del tomador ni de la base imponible: la exención es total. 

Dado que este tipo de exención no parece que vaya a repetirse en un futuro próximo, la rescisión de un contrato de este tipo debe meditarse detenidamente, ya que, de lo contrario, se corre el riesgo de poner en peligro la transmisión del patrimonio. 

Seguro de vida frente a sucesión tradicional: la gran diferencia fiscal

A falta de un seguro de vida, el capital transmitido en una sucesión está sujeto a una tributación más elevada. Aunque también se prevén desgravaciones, su importe depende del grado de parentesco con el fallecido:

  • Desgravación de 100 000 € por cada hijo o progenitor 
  • 15 932 € por un hermano o una hermana 
  • 7.694 € para un sobrino o una sobrina 

En cualquier caso, la deducción de 152 500 € asociada al seguro de vida sigue siendo más ventajosa que las previstas en el derecho sucesorio general (salvo en el caso del cónyuge, que se beneficia de una exención total en ambas situaciones). 

Seguros de vida y cotizaciones sociales: ¿es imposible librarse de ellas? 

Al producirse la sucesión, algunos beneficiarios de un seguro de vida se llevan la amarga sorpresa de que la cantidad es inferior a la que figuraba en el último extracto anual del fallecido.

No se trata de un error, sino de la aplicación de las cotizaciones sociales, fijadas en un 17,2 %. Esta tributación se aplica únicamente a las plusvalías y a los intereses generados por el seguro de vida, salvo que el tomador ya las haya abonado en vida.

Información útil Cuando el seguro de vida se invierte en unidades de cuenta, las cotizaciones sociales solo se abonan en el momento de la rescisión del contrato (rescate o fallecimiento). Por lo tanto, durante toda la vigencia de la inversión, las ganancias pueden acumularse sin que se apliquen impuestos intermedios.

Seguros de vida y primas excesivas: el peligro de la donación encubierta

En principio, el capital ahorrado en un contrato de seguro de vida es independiente de la sucesión.  

Con el fin de evitar abusos, el artículo L132-13 del Código de Seguros permite al juez reincorporar a la sucesión las primas que se consideren manifiestamente excesivas, o incluso recalificar el contrato como donación encubierta.

Resultado: en lugar de beneficiarse de las ventajas fiscales asociadas al seguro de vida, los beneficiarios tributan según las normas habituales en materia de sucesiones, lo que aumenta la cuantía del impuesto.

Para evaluar el carácter excesivo de las primas abonadas, hay que tener en cuenta dos criterios principales: 

  • La edad del suscriptor en el momento del pago: cuanto mayor sea esta edad, mayor será el nivel de cautela del juez. 
  • La situación patrimonial global: un pago que represente entre el 70 % y el 100 % del patrimonio del suscriptor podría considerarse abusivo. 
Índice
1
Las ventajas fiscales
1
Fiscalidad tras 8 años
Compartir el artículo:
Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

Contenidos formativos para invertir mejor, con total autonomía.

¿Ha cambiado la fiscalidad de los seguros de vida en 2026?

¿Cuál es la cantidad máxima que los padres pueden legar a sus hijos?

¿Puede un progenitor regalar 150 000 € a su hijo sin pagar impuestos?

¿Tienes alguna otra pregunta?
Guías

Guías relacionadas

Descubre todos los recursos imprescindibles para dominar el arte de la inversión.

Ver todas las guías
TESTIMONIOS

Lo que dicen nuestros inversores

Más de 50 000 clientes confían en nosotros. Estas son las razones.

Hasta ahora he invertido en dos operaciones, ambas en España. En general, considero que los préstamos de Raizers están bien estructurados y presentan un perfil de riesgo-rentabilidad razonable.
TM
Jorge.E
Todo el proceso me ha parecido serio
TM
Jesús Sánchez.T
Todo está en orden en una plataforma regulada que también ofrece operaciones en el sector inmobiliario español.
TM
Francisco.P
Equipo profesional, análisis exhaustivo de las operaciones, buen trato directo con el equipo directivo. Transmiten confianza.
TM
MA
Una experiencia excelente como inversor en Raizers. Destaco la cercanía con el equipo directivo, el análisis exhaustivo de las operaciones y la selección rigurosa de proyectos, descartando muchas oportunidades que no cumplen sus criterios.
TM
Esther.R
Me ha resultado muy fácil invertir con Raizers. Es mi primer proyecto con ellos. Ofrece mucha información sobre cada proyecto, haciendo especial hincapié en las garantías. Confío en que todo salga bien. Fernando María Cabanyes
TM
Fernando
Recibo mis intereses con regularidad, no hay comisiones para el inversor y los informes son claros.
TM
Bruni.L
Los proyectos, junto con toda la documentación, suelen estar disponibles para su consulta dos días antes de que comience la recaudación, lo que da tiempo para estudiarlos (a diferencia de otras plataformas).
TM
Elodie
El robot para invertir a partir de 100 €: ideal para diversificar tus inversiones.
TM
Morgane.B
Numerosas ofertas, que se actualizan periódicamente. Tarifas interesantes y proyectos variados.
TM
Micka.N
Es una buena plataforma, hasta ahora nunca me ha decepcionado, ¡la recomiendo!
TM
Gwenaelle.C
Como cliente desde hace años de esta plataforma de financiación colectiva, nunca me ha decepcionado. Raizers ha demostrado su profesionalidad tanto en la selección de proyectos como en la gestión de los litigios.
TM
Francois.K
Raizers ofrece la posibilidad de invertir en bonos o préstamos cuyo activo subyacente es, en su mayor parte, inmobiliario. Las operaciones propuestas se someten a un análisis exhaustivo por parte de Raizers.
TM
Maxime.B
Interfaz intuitiva. Proyectos detallados y explicados con claridad. Disponibilidad de los interlocutores en caso de dudas / respuesta rápida a los correos electrónicos
TM
Alexandre
Plataforma intuitiva y presentación clara de los proyectos.
TM
Thierry.L
Una herramienta de inversión excelente. Eficaz, intuitiva y fiable. Una experiencia de usuario inmejorable.
TM
Alban.V
Únete a más de 50 000 inversores

Empieza a sacar partido a tus ahorros

Abre tu cuenta de forma rápida, ágil y transparente, y accede a toda nuestras oportunidades de inversión.
¡Gracias! ¡Hemos recibido tu solicitud!
¡Vaya! Ha surgido un error al enviar el formulario.
100 % seguro
·
Autorizaciones de la AMF
y ORIAS
·
Sin compromiso
·
Gratis