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Donación en vida: guía completa
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Donación en vida: guía completa

¿Qué es una donación en vida y cómo se puede optimizar? Descubre nuestra guía completa sobre las desgravaciones fiscales renovables cada 15 años, los diferentes tipos de donaciones (manuales o ante notario) y las normas para proteger a tus herederos.
Rachel Bertrand
Actualizado el
5 de junio de 2026
RB
Lo esencial en pocas palabras
La donación permite transmitir de forma gratuita, en vida, un bien mueble (donación manual) o inmueble (es obligatorio un acta notarial), siempre que se respete la legítima de los familiares. Este acto irrevocable da derecho a desgravaciones fiscales renovables cada 15 años en función del grado de parentesco (por ejemplo, 100 000 € por hijo) antes de que se aplique una escala progresiva. En 2026, el régimen se amplía con una exención temporal de hasta 100 000 € para las donaciones familiares en efectivo destinadas a la compra o la rehabilitación energética de la vivienda habitual. Se trata de una herramienta patrimonial fundamental para apoyar a los familiares de forma anticipada, al tiempo que se reduce la carga fiscal de la futura sucesión.

La donación consiste en ceder, en vida, un bien mueble o inmueble a una o varias personas de su elección. Se rige por normas sucesorias y fiscales específicas.

  • Debe respetar la legítima, es decir, la parte del patrimonio que debe transmitirse obligatoriamente a los herederos.
  • Si la donación se refiere a bienes muebles (dinero, un vehículo, un cuadro…), no es necesario acudir a un notario. En cambio, si se trata de la transmisión de un bien inmueble, es necesario formalizar una escritura notarial.
  • Existen diferentes formas de donación: simple, por partes, al último superviviente, con reserva de usufructo… cada una con sus propias características.
  • El beneficiario debe abonar los impuestos sobre donaciones, que se calculan en función de la cantidad restante tras aplicar las deducciones y exenciones aplicables.

¿Qué es una donación?

Una donación es el acto por el cual una persona, denominada donante, transfiere en vida la propiedad de un bien a otra persona de su elección (donatario) a título gratuito (sin intercambio de dinero entre ambas partes). Puede referirse a bienes muebles (muebles, dinero, vehículos…) o inmuebles (casas, pisos, terrenos…), que deben haber sido adquiridos por el donante y estar en su poder.

¿A quién se le puede hacer una donación?

Puedes hacer una donación a la persona que elijas, a saber: 

  • uno o varios miembros de tu familia (hijo, nieto…);
  • la persona con la que convives en pareja;
  • una persona ajena a la familia; 
  • una asociación.

Las condiciones específicas

Para que el acto sea válido, es imprescindible cumplir las siguientes condiciones: 

  • el donante debe ser mayor de edad (o estar emancipado), en pleno uso de sus facultades mentales y tener capacidad jurídica para administrar sus bienes;
  • El donatario debe aceptar la donación de forma explícita (y no tácita).

Las normas sucesorias

La donación se rige por las normas sucesorias, es decir, debe respetar la transmisión del patrimonio a los herederos forzosos (cónyuge o hijos) con carácter prioritario.

Si tiene pensado hacer una donación a una persona ajena a su familia, esta solo podrá referirse a la parte del patrimonio sobre la que tiene libre disposición.

Es bueno saber En el momento de la transmisión, tu patrimonio se dividirá en dos partes: 
  • una legítima que corresponde obligatoriamente a los herederos forzosos
  • una parte de la herencia de la que puedes disponer libremente
  • Esta parte disponible varía en función del número de herederos forzosos. Puede asignarse a una o varias personas de su elección mediante donación (en vida) o por testamento (tras su fallecimiento). Si no tiene herederos, puede donar todos sus bienes a los beneficiarios que elija.

    ‍Porcentaje disponible cuando hay niños

    Número de niños Cuota disponible
    1 1/2
    2 1/3
    3 o más 1/4

    ¿Cuáles son los diferentes tipos de donación?

    Existen muchas formas de donación. A continuación te presentamos las más habituales. 

    Donación manual o mediante escritura notarial

    La donación en vida

    La donación manual se refiere a bienes muebles (muebles, objetos de arte, sumas de dinero, etc.). Se realiza de mano en mano o de cuenta a cuenta, sin la intervención de un notario. Sin embargo, desde el1 de enero de 2026 es obligatorio informar a la administración tributaria mediante una declaración en línea a través de tu espacio de Finanzas Públicas, salvo que se aplique una exención.

    La donación mediante escritura notarial

    La donación debe formalizarse mediante escritura notarial en los siguientes casos: 

    • si se refiere a bienes inmuebles o a derechos inmobiliarios;
    • si la donación se realiza entre cónyuges;
    • en el marco de una donación con reparto, un acto que permite anticipar una sucesión mediante la gestión de la transmisión parcial o total del patrimonio.   

    Las diferentes formas de donación

    • La donación simple transfiere de forma inmediata la propiedad del bien.
    • La donación con reparto permite transferir bienes en vida entre varios herederos, anticipándose a la sucesión.
    • La donación al último superviviente permite mejorar los derechos del cónyuge supérstite.
    • La donación gradual permite transmitir un bien entre varias personas de forma sucesiva.
    • La donación con reserva de usufructo permite al donante conservar el uso del bien, al tiempo que cede la nuda propiedad.
    Información útil Consulte a un notario o a un abogado para saber qué tipo de donación se adapta mejor a su situación.

    ¿Qué régimen fiscal se aplica a las donaciones?

    Las donaciones se gravan tras aplicar las posibles deducciones y/o exenciones.

    La deducción

    El donatario debe abonar los impuestos de donación sobre los bienes recibidos. Estos se calculan tras aplicar una posible deducción sobre el valor de los bienes, cuyo importe varía en función del grado de parentesco o la condición del beneficiario. 

    Importante La deducción es una reducción de la base imponible. Solo puede aplicarse una vez cada 15 años por cada donación realizada por un mismo donante a un mismo donatario.‍

    ‍Deducciones aplicables a la donación en función del grado de parentesco o la condición del beneficiario

    Perfil del donatario Desgravación
    En línea directa: hijos o ascendientes 100 000 €
    Nieto 31 865 €
    Bisnieto 5 310 €
    Persona con discapacidad 159 325 €
    Cónyuge o pareja en unión civil 80 724 €
    Hermano o hermana 15 932 €
    Sobrino o sobrina 7 967 €

    Datos recopilados en la página web economie.gouv.fr en el mes de mayo de 2026, sujetos a cambios.

    La escala impositiva

    El importe restante tras la deducción se grava según una escala impositiva que tiene en cuenta la relación entre el donante y el donatario.

    En línea directa o entre cónyuges o parejas en régimen de unión civil (PACS)

    Los tipos que se aplican al importe de una donación, en línea directa, entre cónyuges o parejas en régimen de unión civil, varían en función de la cantidad.

    Excedente neto imponible Tasa
    Hasta 8.072 € 5 %
    Entre 8.072 y 12.109 € 10 %
    Entre 12 109 y 15 932 € 15 %
    Entre 15 932 y 552 324 € 20 %
    Entre 552 324 y 902 838 € 30 %
    Entre 902 838 y 1 805 677 € 40 %
    Más de 1 805 677 € 45 %

    Datos recopilados en la página web economie.gouv.fr en el mes de mayo de 2026, sujetos a cambios.

    Entre parientes colaterales o entre personas que no tienen parentesco

    Del mismo modo, los tipos que se aplican al importe de una donación, ya sea en línea colateral o entre personas sin parentesco, dependen de la cantidad que quede tras la deducción.

    Excedentes imponibles Tasa
    Entre hermanos y hermanas:
    • Hasta 24 430 €
    35 %
    • Más de 24 430 €
    45 %
    Entre parientes hastael cuarto grado, incluido 55 %
    Entre parientes más allá delcuarto grado, incluido este

    Datos recopilados en la página web economie.gouv.fr en el mes de mayo de 2026, sujetos a cambios.

    Las exenciones fiscales sobre las donaciones de dinero dentro de una familia

    Algunas donaciones están exentas del pago de impuestos. Este es el caso de una donación de dinero a un familiar (hijo, nieto, bisnieto…).

    De este modo, es posible donar hasta 31 865 € cada 15 años a un familiar sin que este tenga que pagar impuestos sobre donaciones.

    Por otra parte, si esta donación familiar en efectivo se destina a la compra de una vivienda habitual nueva o en fase de finalización y a las obras de rehabilitación energética del inmueble, queda exenta del impuesto sobre transmisiones patrimoniales hasta un límite de 100 000 € por donante y de 300 000 € por beneficiario, siempre que se conserve el inmueble durante al menos cinco años.

    Esta exención tiene carácter temporal y se aplica a las cantidades abonadas entre el 15 de febrero de 2025 y el 31 de diciembre de 2026, según la web economie.gouv.fr

    ¿Quién paga los impuestos sobre donaciones?

    En principio, los derechos de donación los abona el donatario de una sola vez en el momento de presentar la declaración. No obstante, también puede pagarlos el donante, sin que dicha cantidad se incluya en la donación.

    ¿Cuáles son las ventajas de hacer una donación en vida?

    Hacer una donación en vida tiene varias ventajas.

    Planificación de la transmisión del patrimonio

    Esto permite organizar la sucesión, transmitiendo el patrimonio según las propias decisiones, y evitar posibles conflictos familiares.

    Reducción de los impuestos de sucesiones

    Al realizar una donación en vida, se beneficia de medidas fiscales ventajosas (desgravación y exención).

    Ayuda a los familiares

    Las donaciones de dinero también permiten ayudar a los niños a comprar su vivienda habitual, a financiar sus estudios o a llevar a cabo un proyecto profesional.

    Importante La donación es, por principio, irrevocable. El donante no puede recuperar un bien que haya donado, salvo que pueda demostrar, en aplicación del Código Civil: 
  • la grave ingratitud del beneficiario
  • el incumplimiento de las obligaciones previstas en la escritura notarial
  • el nacimiento de un hijo tras la donación (si el donante no tenía hijos en el momento de la donación)
  • ¿Cómo se prepara una donación?

    Los trámites que hay que realizar para preparar la donación dependerán de la naturaleza del bien que desee transmitir.

    • Si el bien es mueble (un cuadro, una suma de dinero…), puedes realizar una donación manual, sin necesidad de acudir a un notario.
    • Sin embargo, si el bien es un inmueble, debes formalizar la donación mediante una escritura notarial.

    ¿Cuáles son los trámites que hay que seguir para realizar una donación ante notario?

    Para formalizar la donación, el notario, cuya función es garantizar la transmisión de los bienes, deberá: 

    • verificar la capacidad jurídica de las partes;
    • redactar el documento en sí;
    • registrarlo ante la administración;
    • calcular y recaudar los impuestos sobre donaciones. 

    ¿Cuáles son los gastos asociados a una donación ante notario?

    Tendrás que abonar los gastos notariales, que incluyen: 

    • los honorarios del notario, cuyo importe es proporcional al valor en plena propiedad de los bienes donados;
    • el impuesto sobre la publicidad inmobiliaria;
    • la cuota de seguridad inmobiliaria.

    Fuentes

    Índice
    1
    Las ventajas fiscales
    2
    Fiscalidad tras 8 años
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    Preguntas frecuentes

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    ¿Donación o sucesión? ¿En qué se diferencian?

    ¿Qué es una donación en vida?

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